CAPITULACIONES MATRIMONIALES EN COLOMBIA
CAPITULACIONES MATRIMONIALES EN COLOMBIA
Las capitulaciones matrimoniales son un tema de sumo interés para todas las personas que pensamos contraer matrimonio en algún momento de nuestras vidas y preferimos separar interés materiales de intereses sentimentales, pues al ser convenciones que celebran los esposos antes de contraer matrimonio respecto de sus bienes contienen un grado de raciocinio implícito que muchas veces es percibido negativamente por algún cónyuge, sin embargo es un derecho que tenemos todos y que podemos ejercer si así lo consideramos. Como sabemos el matrimonio produce como efecto el nacimiento de la sociedad conyugal y no por celebrar capitulaciones se excluye la figura de la sociedad conyugal.
Mediante ellas se dispone que los bienes que se van a aportar se excluyan del producido de la sociedad conyugal o se pueden aportar bienes que no entren a la sociedad conyugal. Las capitulaciones modifican la sociedad conyugal no la desaparecen.
Características de las capitulaciones matrimoniales:
- Han de preceder al matrimonio, pero sus efectos se producen una vez celebrado el matrimonio.
- Son indefinidas, duran lo que dura el matrimonio
- Son de carácter convencional por cuanto tienen objeto el modificar el régimen económico del matrimonio
- Son inmutables
- Es un acto solemne pues requieren escritura pública, salvo cuando se concretan bienes muebles con un valor inferior a mil pesos. Solo se exige registro en la oficina de instrumentos públicos y privados cuando se afecta la titularidad de inmuebles o se gravan estos.
- Son irrevocables después de celebrado el matrimonio
- Hacen efecto después del matrimonio
Las capitulaciones pueden ser otorgadas por personas que contraen matrimonio, las personas capaces de contraer matrimonio, es decir los mayores de 18 años, pero los púberes pueden celebrarlas solo con autorización de las personas llamadas a autorizar el matrimonio. Los requisitos para su celebración son:
1. Consentimiento: no error ni fuerza ni dolo
2. Capacidad: pueden celebrarla los menores de edad, púberes, con aprobación de las personas cuyo consentimiento le haya sido necesario para el matrimonio, siempre que ellos no consignen renuncias de gananciales o enajenación de bienes raíces.
3. Deben otorgarse por escritura pública. Pero si los bienes aportados no superen los 1000 pesos y no se pretenda constituir derechos reales sobre los bienes raíces, pueden celebrarse por documento privado, firmado por las partes y los testigos.
4. Debe ser antes del matrimonio
El demente y el sordomudo que no pueda darse a entender por escrito son incapaces absolutos, y el disipador bajo curaduría necesitara autorización de su guardador para celebrarlas.
Las capitulaciones pueden ser ineficaces si se celebran en ausencia de los requisitos exigidos para la validez de una declaración de voluntad. Ejemplo: capacidad, causa y objeto ilícito.
Como las capitulaciones proceden al matrimonio, si el matrimonio es declarado nulo, no se afecta la validez y vigencia de las capitulaciones, puesto que su aplicación se consolido con la celebración del matrimonio y los efectos de la anulación no se retrotraen hasta ese momento
Una de las preguntas más comunes al tocar el tema de las capitulaciones es si estas caducan; a respuesta es sí, las capitulaciones caducan en los siguientes escenarios;
- Cuando uno de los futuros contrayentes se casa con otra
- Cuando el contrayente muere o cae en incapacidad matrimonial.
Dentro de las estipulaciones que son licitas en las capitulaciones encontramos:
- Renuncia de gananciales: una vez deducido el pasivo de la sociedad conyugal, lo que quede se divide en dos y es a ese 50 % a lo que puedo renunciar. esta renuncia puede ser parcial, es decir sobre un bien especifico
La renuncia puede ocurrir:
- en las capitulaciones matrimoniales
- una vez disuelta la sociedad y antes de efectuarse el inventario y tasación de los bienes.
- División de gananciales en forma diferente
- Inventario de activos y pasivo para determinar el aporte de cada uno de los cónyuges
Las capitulaciones se constituyen hoy en día como una práctica común a la hora de celebrar los matrimonios, pues muchas personas prefieren separar el aspecto material del sentimental y firman las capitulaciones para darle al matrimonio una perspectiva espiritual y alejarlo del aspecto civil.