cinco días para pagar el canon de arrendamiento
¿cinco días para pagar el canon de arrendamiento?
Es menester recurrrir al tipo de relación contractual si bien es cierto, la Ley 820 del 2003 en su articulo 10 que establece taxativamente el pago del canon de arrendamiento dentro de los primeros cinco dias habiles del mes, en un contrato comercial el plazo puede ser el que se haya pactado en el contrato. «el contrato es Ley para las partes»
conforme a la legislación comercial se puede decir que existe Costumbre Mercantil entre los arrendatarios de locales comerciales de pagar los cánones de arrendamiento por mensualidades anticipadas durante los cinco (5) primeros días comunes de cada mes.
Esta costumbre mercantil sólo puede ser invocada como fuente de derecho, cuando no exista una estipulación contractual sobre la misma obligación a que se refiere la práctica.