Concepto de bien: únicamente la cosa que esta dentro del patrimonio de un sujeto de derechos, y que además tiene características pecuniarias o económicas merece el calificativo de bien. Son estos dos los requisitos del concepto de bien.

 Que la cosa este dentro del patrimonio.

 Que sea susceptible de valoración económica.

 Al derecho solo le importan cosas susceptibles de apropiación por parte de las personas, sean naturales o jurídicas, derecho público o privado. Cosas también son las que pertenecen al Estado, aunque estén sustraídas del libre comercio, como sucede con los bienes de uso público, como plazas, parques, y vías de uso público.

 

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