Factura cambiaría
Factura cambiaría expedidas con los requisitos de otro país diferente al de Colombia.
En el estudio sobre este tema, podemos tener en cuenta dos eventos: (i) si la factura emida en el extranjero cumple con los requisitos de las facturas en Colombia, o al menos el documento contiene una obligación clara empresa y exigible, se puede iniciar un proceso ejecutivo aqui en Colombia, claro si el comprador del producto o servicio es Colombiano en este caso si aplica ; (ii) En el evento que la factura emitida en el extranjero puede ser exigida judicialmente en el extranjero, y se emita una sentencia condenatoria contra el comprador colombiano, existe la figura de Exquatur que es la ejecución de sentencia extranjeras en Colombia (el execuatur , está en el CPC).
Hay que tener en cuenta que usualmente las demandas se presentan en el domicilio del demandado, sin embargo, como en algunos casos una factura emitida en el extranjero, podría asumir que hay una operación de comercio internacional.
Es importante Revisar la Convencion de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías, los Principio Unidroit o tratados internacionales ratificados por Colombia sobre la materia.
donde se presentaría una demanda en caso de incumplimiento. Recordando que la factura, es una prueba de un operación de compra y venta ( de un contrato) y que en estricto sentido contiene obligaciones para las partes, o al menos para el obligado a pagar, entonces si no se tiene un contrato, el incumplimiento se puede reclamar presentado la factura como prueba y si no hay claridad sobre las obligaciones de las partes, se aplicarían los convenios que rigen la materia.
Las operaciones internacionales también tienen la característica de pactarse tribunal de arbitramento en caso de incumplimiento, esta figura es la más usada y recomendada para dirimir conflictos internacionales, lastimosamente los arbitramentos tienen el trato de un proceso ordinario y no ejecutivo, como sería en un tribunal ordinario en Colombia cuando exigimos el cumplimiento de una obligación clara expres y exigible.
si bien es cierto, el incumplimiento de la obligación puede verse como un incumplimiento contractual, pero específicamente como la exigibilidad de un título valor (para el caso la factura) no, creería que hay algun tratado que desarrolle el tema, se que lo hay en Panamá (1975) pero Colombia no lo ratificó.
una recomendación seria una conciliación, e iniciar un proceso de en el pais donde se expidió la factura con los requisitos de ese pais como segunda instancia para realizar un execuatur pero es necesario revisar si ese país acepta esta situación
La factura es un documento con valor probatorio y que constituye un titulo valor, que el vendedor entrega al comprador y que acredita que ha realizado una compra por el valor y productos relacionados en la misma. La factura contiene la identificación de las partes, la clase y cantidad de la mercancía vendida o servicio prestado, el número y fecha de emisión, el precio unitario y el total, los gastos que por diversos conceptos deban abonarse al comprador y los valores correspondientes a los impuestos a los que este sujeta la respectiva operación económica. Este documento suele llamarse factura de compraventa.
El Código de comercio colombiano, en el artículo 772 define la factura como:
“Factura cambiaria de compraventa es un título valor que el vendedor podrá librar y entregar o remitir al comprador.
No podrá librarse factura cambiaria que no corresponda a una venta efectiva de mercaderías entregadas real y materialmente al comprador”.
Requisitos de la factura.
Para que una factura sea legalmente valida, y que pueda constituir un titulo valor, debe contener como mínimo los siguientes requisitos:
Código de comercio, Art. 621.
“Además de lo dispuesto para cada título-valor en particular, los títulos-valores deberán llenar los requisitos siguientes:
1o.) La mención del derecho que en el título se incorpora, y
2o.) La firma de quien lo crea.
La firma podrá sustituirse, bajo la responsabilidad del creador del título, por un signo o contraseña que puede ser mecánicamente impuesto.
Si no se menciona el lugar de cumplimiento o ejercicio del derecho, lo será el domicilio del creador del título; y si tuviere varios, entre ellos podrá elegir el tenedor, quien tendrá igualmente derecho de elección si el título señala varios lugares de cumplimiento o de ejercicio. Sin embargo, cuando el título sea representativo de mercaderías, también podrá ejercerse la acción derivada del mismo en el lugar en que éstas deban ser entregadas. “cali colombia”
Si no se menciona la fecha y el lugar de creación del título se tendrán como tales la fecha y el lugar de su entrega”.
La factura cambiaria es considerada por nuestro ordenamiento jurídico como título valor, por ende la prescripción de la acción cambiaria por expresa remisión del artículo 789 del Código de Comercio es de tres años.
Ccio Art. 646.- Los títulos creados en el extranjero tendrán la consideración de títulos-valores si llenan los requisitos mínimos establecidos en la ley que rigió su creación.
en conclusión, empresarios cuando realicen ventas de bienes y los ha entregado a su comprador, podrá expedir una factura cambiaria de compraventa, la cual, si ha sido debidamente elaborada, es un título ejecutivo y medio de facturación.
todas las operaciones que realice el comerciante pueden ser facturadas válidamente mediante una factura cambiaria de compraventa, mas no siempre aquella podrá servir como título ejecutivo para el cobro de la contraprestación debida. Por ejemplo, la prestación de servicios profesionales no es una mercadería, y en consecuencia no puede ser objeto de venta y por tanto no podrá darse cumplimiento a lo establecido por el artículo 722 del Código de Comercio.
cuando la factura cambiaria de compraventa no preste título ejecutivo, el comerciante debe precaverse ante la falta de pago de sus clientes, por ejemplo, mediante la elaboración de pagarés con espacios en blanco y carta de instrucciones o contratos de prestación de servicios, toda vez que el carecer de aquéllos le hará incurrir en sobrecostos que en ocasiones hará inviable en una relación costo / beneficio el cobro de lo a él debido.
es importante contar con un título ejecutivo que respalde las operaciones del empresario,para hacer exigible la obligación.