Instituciones Jurídicas de la prestación de salud en Colombia
Instituciones Jurídicas encargadas de la prestación de Salud en Colombia de acuerdo a las siguientes normatividades la Ley 100 de 1993, Ley 1122 del 2007 y la Ley 1438 del 2011:
Ley 100 de 1993:
- El sistema general de seguridad social en salud de acuerdo a lo establecido en el artículo 152 establece los fundamentos, su organización, su funcionamiento y los objetivos que rigen a este sistema ya que este va hacer el encargado de regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso en toda la población al servicio en todos los niveles de atención.
- Los Ministerios De Salud integran el sistema general de seguridad social en salud y está encargado de controlar, dirigir y ejercer funciones de vigilancia, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social en Salud, este debe formular políticas, estrategias, programas y ejecutar proyectos; estos organismos también se encargan de regular la calidad de los servicios y ejercer control de los factores de riesgo, crear normas administrativas de obligatorio cumplimiento para todas aquellas entidades promotoras de salud.
- Artículo 156 Literal L establece que deberá constituirse un fondo de solidaridad y garantía como el fondo de Solidaridad y Garantía Fosyga en el cual se establece que su objeto, “de acuerdo con las disposiciones de esta ley, garantizar la compensación entre personas de distintos ingresos y riesgos y la solidaridad del sistema general de seguridad social en salud, cubrir los riesgos catastróficos y los accidentes de tránsito y demás funciones complementarias señaladas en esta ley”.
- Artículo 156 Literal M establece que el consejo nacional de seguridad social en salud “es el organismo de concertación entre los diferentes integrantes del sistema general de seguridad social en salud. Sus decisiones serán obligatorias, podrán ser revisadas periódicamente por el mismo consejo y deberán ser adoptadas por el Gobierno Nacional”.
- Artículo 156 Literal I se entiende que las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) “son entidades oficiales, mixtas, privadas, comunitarias y solidarias, organizadas para la prestación de los servicios de salud a los afiliados del sistema general de seguridad social en salud, dentro de las entidades promotoras de salud o fuera de ellas. El Estado podrá establecer mecanismos para el fomento de estas organizaciones y abrir líneas de crédito para la organización de grupos de práctica profesional y para las instituciones prestadoras de servicios de tipo comunitario y solidario”
- Articulo 162 el Plan de Salud obligatorio se establece en el sistema general de la seguridad social de salud como una entidad encargada de crear las condiciones de acceso a un plano obligatorio de salud para todos habitantes, también se va a permitir la protección general integral de las familias a la maternidad y de enfermedades, en la promoción y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación para todas las patologías, según la intensidad de uso y los niveles de atención y complejidad que se definan.
- Artículo 170 El sistema general de seguridad social en salud está bajo la orientación, regulación, supervisión, vigilancia y control del Gobierno Nacional y del Ministerio de Salud. Este se entenderá que está en la capacidad de atender las políticas, planes, programas y prioridades del gobierno en la lucha contra las enfermedades y en el mantenimiento y educación, información y fomento de la salud y la salud de conformidad con el plan de desarrollo económico y social y los planes territoriales.
- Artículo 175 establece que el Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud va hacer el encargado de asesorar a las direcciones de salud de la respectiva jurisdicción, en la formulación de los planes, estrategias, programas y proyectos de salud y en la orientación de los sistemas territoriales de seguridad social en salud, que desarrollen las políticas definidas por el consejo nacional de seguridad social en salud.
- Articulo 177 las entidades promotoras de salud comúnmente denominadas EPS son aquellas “entidades responsables de la afiliación, y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del fondo de solidaridad y garantía. Su función básica será organizar y garantizar, directa o indirectamente, la prestación del plan de salud obligatorio a los afiliados y girar, dentro de los términos previstos en la presente ley, la diferencia entre los ingresos por cotizaciones de sus afiliados y el valor de las correspondientes unidades de pago por capitación al fondo de solidaridad y garantía.”
- Artículo 194 las Empresas Sociales del Estado que prestan el servicio de salud de forma directa por la nación las cuales se constituyen en una categoría especial descentralizada, con patrimonio autónomo, con personería jurídica, patrimonio propio que fueron creadas por la ley, asambleas o concejos.
- Artículo 233 La Superintendencia Nacional de la Salud es la entidad encargada de solucionar administrativamente las diferencias que se presenten en materia de preexistencias en el sector salud., sin embargo esta deberá tener en cuenta la opinión de un comité integrado para cada caso por un especialista designado por la superintendencia, un especialista designado por la entidad y un especialista designado por el usuario.
Ley 1122 del 2007:
- Artículo 3 Comisión de Regulación en Salud (CRES) se crea “como unidad administrativa especial, con personería jurídica, autonomía administrativa, técnica y patrimonial, adscrita al Ministerio de la Protección Social.”
- Articulo 44 en su Literal B se establece que el Ministerio de la Protección Social está encargado de Recoger y sistematizar la información, para monitorear los resultados en salud de las Entidades Territoriales, las aseguradoras y los prestadores con el fin de alimentar el Sistema de Rectoría y Administración.
- Las Administradoras Del Régimen Subsidiado (ARS) estas ejercen su función de intermediarios dentro del sistema de salud concentrando los recursos ahora hablamos de entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado (EPS).
- Aseguradoras de riesgos profesionales (ARP). Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos orientados a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades que se generan con causa o con ocasión de trabajo.
- Sisbén Es el sistema de información diseñado por el Gobierno Nacional para identificar a las familias potenciales beneficiarias de programas Sociales.
Ley 1438 del 2011:
- Artículo 50 Fondo de Salvamento y Garantías para el sector Salud (Fonsaet) se crea como un fondo cuenta administrado por el ministerio de la protección social, cuya función es el de proteger y asegurar el pago de las obligaciones que no fueran posibles pagar por parte de las empresas sociales del estado, las cuales se financiaran hasta el 20% del gasto operacional; en el caso de las Empresas Sociales del Estado liquidadas, se pagará hasta el monto que determine el Ministerio de la Protección Social.
- Artículo 60 Las Redes Integradas de Servicios de Salud son un “conjunto de organizaciones o redes que prestan servicios o hacen acuerdos para prestar servicios de salud individuales y/o colectivos, más eficientes, equitativos, integrales, continuos a una población definida, dispuesta conforme a la demanda.”
- Artículo 67 Sistemas de emergencias médicas es un modelo general integrado que se crea con el propósito de responder de manera oportuna a todas las victimas que requieran atención médica urgente, que comprende, los mecanismos para notificar las emergencias medicas , la prestación de servicios pre hospitalarios y de urgencias , las formas de transporte básico y medicalizado, la atención hospitalaria, el trabajo de los reguladores de urgencias y emergencias, los programas educacionales y procesos de vigilancia.
- Artículo 87 La Comisión Nacional de Precios De Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMD) esta está encargada de formular y regular las políticas de los precios de los medicamentos y dispositivos médicos.
- Artículo 100 Los Hospitales Universitarios es una institución encargada de “la prestación de salud que proporciona entrenamiento universitario, enfocado principalmente en programas de posgrado, supervisado por autoridades académicas competentes y comprometidas con las funciones de formación, investigación y extensión”