Clases de parentesco en Colombia
El parentesco es un vinculo jurídico que el estado establece entre personas naturales , en razón de las clases del mismo es decir consanguinidad, adopción, del matrimonio, o de las relaciones sexuales a efecto de determinar entre tales personas, una serie de derechos y obligaciones.
El parestesco en Colombia puede ser de tres clases:
1. de consanguinidad, afinidad y civil.
art 35 codigo civil
«ARTICULO 35. <PARENTESCO DE CONSANGUINIDAD>. Parentesco de consanguinidad es la relación o conexión que existe entre las personas que descienden de un mismo tronco o raíz, o que están unidas por los vínculos de la sangre.»
art 47 codigo civil
«ARTICULO 47. <AFINIDAD LEGITIMA>. Afinidad legítima es la que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos legítimos de su marido o mujer. La línea o grado de afinidad legítima de una persona con un consanguíneo de su marido o mujer, se califica por la línea o grado de consanguinidad legítima de dicho marido o mujer con el dicho consanguíneo. Así un varón está en primer grado de afinidad legítima, en la línea recta, con los hijos habidos por su mujer en anterior matrimonio; en segundo grado de afinidad legítima, en la línea transversal, con los hermanos legítimos de su mujer.»
art 48 Codigo civil.
Corte Constitucional – Artículo fue declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-595-96 de noviembre 6 de 1996. Magistrado Ponente Dr. Jorge Arango Mejía. Aclara la Corte en la parte resolutiva: ‘Expresamente se advierte que la declaración de inexequibilidad de los artículos 39 y 48 no implica la desaparición de la afinidad extramatrimonial, es decir, la originada en la unión permanente a que se refieren los artículos 126 y 179 de la Constitución, entre otros. Para todos los efectos legales, la afinidad extramatrimonial sigue existiendo’.
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