¿QUE ES LA ACCION DE RESCISION O ACCION PAULIANA, COMO Y QUIENES PUEDEN HACER USO DE ELLA?
La acción de rescisión o también conocida como acción pauliana se encuentra debidamente tipificada en nuestro código civil así; “ARTICULO 2491. ACCION DE RESCISION. En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o a la apertura del concurso, se observarán las disposiciones siguientes:
- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas, prendas y anticresis que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, siendo de mala fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero.
- Los actos y contratos no comprendidos en el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a título gratuito, serán rescindible, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores.
- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores, expiran en un año, contado desde la fecha del acto o contrato.”
La acción de rescisión es aquella que la legislación civil le otorga a los acreedores cuyo deudor ha afectado o disminuido su patrimonio de forma fraudulenta para evadir la cancelación de los créditos a su favor. A través de esta acción se logra la efectiva garantía que los bienes del deudor constituyen prenda general o común de los acreedores, ( art 2488 y 2489), de lo que se deduce que si la administración de los bienes por el deudor se hace con intención de fraude o de evadir la obligación para con su acreedor como cuando se constituyen gravámenes inexistentes sobre los bienes o se dispone de ellos en venta, donación o cualquier figura existente en el ordenamiento para enajenar determinado bien que de no ser así, haría parte de los bienes incluidos en la totalidad de su patrimonio y con los cuales debería cubrir la obligación en su cabeza.
La ley civil confiere a los acreedores la facultad para exigir judicialmente que los actos realizados por su deudor para evadir las obligaciones su favor sean revocados. Esto teniendo en cuanta que en cualquier caso de disposición fraudulenta de los bienes el patrimonio del deudor se debilita, y cada vez contaría con menos posibilidad de pagar el crédito en cabeza del acreedor.
La llamada acción de rescisión es también conocida con el nombre de acción pauliana o acción revocatoria ya que mediante el uso de ella se obtiene la invalidación de los actos fraudulentos del deudor, y se conoce como paulina por que fue una notable contribución del jurista PAULO al derecho romano.
La acción pauliana encuentra su fundamento en nuestro ordenamiento como mecanismo de protección al acreedor que ve perjudicado su patrimonio por el acto fraudulento del deudor que haciendo uso de estos disminuye o afecta su patrimonio con el fin de evitar cumplir con la obligación, es por esta razón, un hecho ilícito, que denota la conducto positiva del deudor, constitutivo de un verdadero delito ante la ley, que da derecho a los acreedores a reclamar el resarcimiento del daño patrimonial. De lo anterior se entiende que dicha acción busca reincorporar los bienes salidos del patrimonio del deudor con actos fraudulentos.
La acción revocatoria o pauliana se funda en el hecho ilícito del deudor, destinado a perjudicar a los acreedores, y su finalidad consiste en dejar sin efecto un acto jurídico, su carácter es personal, porque solo puede ser reclamada de las personas que por un hecho suyo han contraído obligaciones correlativas, por lo que queda claro que la pauliana está lejos de ser una acción real y de provenir de un derecho real.
“(teoría general del acto jurídico- Rodrigo Becerra Toro-año:2006) Para que los acreedores pues ejercitar esta acción es necesario que concurran los siguientes requisitos:
- El perjuicio a los acreedores. El acreedor debe probar que el acto administrativo o dispositivo del deudor le causa perjuicio, produce una disminución de la prenda general de manera que cuando existan suficientes bienes en el patrimonio del deudor no existe el interés de demandar por la vía rescisoria.
- El fraude.: es necesario demostrar que el acto celebrado por el deudor conlleva un acuerdo fraudulento con el tercero con el que interactúa como la otra parte.
- Que el bien comprometido en el fraude sea comercial.
- Que el crédito sea anterior al acto fraudulento.
- Que la acción se ejercite dentro del término legal: la acción pauliana por ser un acto de naturaleza civil debe ser ejercitada dentro del año inmediatamente siguiente a la fecha de su celebración.”
Con la concurrencia de los anteriores requisitos es posible que el acreedor afectado ejercito vía judicial la acción rescisoria para cómo se explicó anteriormente dejar sin efectos los actos fraudulentos del deudor y volver a incorporar los bienes de la prenda general que constituían el patrimonio bruto del deudor con el cual se esperaba la cancelación de la obligación en favor del acreedor.
Como vemos el escenario descrito anteriormente lo encontramos en el diario vivir, pues para nadie es un secreto que cuando una persona se encuentra en la posición de deudor y no se encuentra en su mejor momento financiero va a evitar la disminución de su patrimonio y de esta manera el pago de sus obligaciones. En www.calijuridica.com usted podrá encontrar atención las 24 horas del día de la mano de abogados profesionales que le b brindaran asesoría jurídica especializada para instaurar la acción rescisoria cuando sea el caso, no dude en ingresar a nuestro portal jurídico y realizar las consultas necesarias para recibir acompañamiento jurídico completo para la resolución de su problema.