¿Que es el Matrimonio?
¿QUE ES EL MATRIMONIO?
Según el doctrinante Jorge Parra Benítez en su obra Manual de derecho civil.[1]se define el concepto de matrimonio que proviene del latín mater-tris, madre y muniumnis, es decir oficio de madre ya que esta sufre con los hijos; el padre los engendra.
¿El matrimonio es un contrato o institución?
Para lo cual abordaremos desde las siguientes teorías.
a) Teoría contractualita. en esta teoría se plantea que el matrimonio es un contrato ya que es un acuerdo de voluntades que produce obligaciones.
b) Teoría institucionalista. Se afirma que el matrimonio es un contrato pero solo desde el punto de vista formal y que el verdadero estado que se crea en el matrimonio, hace de este una institución, algo más complejo y profundo que un contrato orgánico y viviente.
c) Teoría mixta. Se plantea en esta teoría que el matrimonio participa de la naturaleza del contrato y de la institución
d) Teoría ecléctica. Se plantea en esta que el asunto debe resolverse mirando el sentido en que se tome la palabra.
Algunos tratadistas afirman que la naturaleza del matrimonio que es un acto jurídico condición es decir que crea en concreto una situación legal objetiva[2]
COLOMBIA Y LA NORMATIVIDAD EN EVOLUCION
Cuando Colombia adopto el código chileno ley 153 de 1887. Acepto o admitió la independencia de la legislación canónica de la civil.
Se planteó al inicio desde la ley 57 de 1887 art 12. Eran válidos para todos los efectos políticos y civiles los matrimonios católicos. Y solo se tenía concepción y se daba plena importancia al matrimonio católico pero pasado el tiempo con la Constitución de 1991, ley 25 de 1992 y ley 133 de 1994 se acepta legalmente todo matrimonio religiosos y producen efectos civiles.
Así mismo se dejó planteado que el matrimonio católico es sacramento; y es uno e indisoluble, ósea, solo entre un hombre y una mujer y viceversa, excluyéndose la poligamia en cualquiera de sus manifestaciones.
La norma constitucional de 1991 ¿en su art. 42. Impuso que las formas del matrimonio se regirán por la ley civil, y que los matrimonios religiosos tendrán efectos civiles.
Luego la ley 133 de 1994 estatutaria. Que hizo un desarrollo minucioso del derecho de libertad religiosa y de cultos, planteo un postulado que permeo y armonizo la legislación del matrimonio. Y afirmó que ninguna religión es oficial en Colombia y que por lo tanto el estado reconocería la diversidad de creencias religiosas.
Por lo tanto podemos concluir que en Colombia tanto el matrimonio civil, el matrimonio católico y el matrimonio que se celebra sujeto a los cánones o reglas de cualquier confesión religiosa que haya suscrito Colombia un tratado o acuerdo producen efectos dentro del estado. Aplicando el principio de Bloque de constitucionalidad. Establecido por la Constitución Política en su artículo 93.
Además el matrimonio se puede definir como un acto jurídico de familia ya que este es conlleva la materialización de la relación jurídico conyugal, de la cual surgen la mayoría de los actos jurídicos de familia.[3]
[1] PARRA BENITEZ JORGE. MANUEL DE DERECHO CIVIL. Personas, familia y derecho de menores. Edición TEMIS 2002. Pág. 239.
[2] Tratadistas que explican extensivamente la naturaleza jurídica del matrimonio, consultarse MONROY CABRA, op.cit., págs. 185 y ss.; SUÁREZ FRANCO, op.cit., págs. 50 y ss.;
[3] CAÑON RAMIREZ PEDRO ALEJO.FAMILIA. Legislación Jurisprudencia y Doctrina1887-1994. PAG 32